[justify]Estimados riados,
La cantidad de documentos que deberán obtener y por ende apostillar dependerá de si el reconocimiento de su título universitarios se lo hará por reconocimiento automático (Es decir si consta en el listado que publica anualmente el Senescyt).
Si su Universidad no consta en el listado será necesario optar por el reconocimiento por comité ante Senescyt.
En un mensaje anterior en este mismo tema, ya mencionamos que Universidades son las que constan en el listado para el año 2015.
Documentos que se deberán obtener en Venezuela para la Modalidad Reconocimiento Automático:
1) Original del título profesional debidamente apostillado.
Documentos que deberán obtener en Venezuela para la Modalidad Reconocimiento por Comité:
1) Original del tìtulo profesional apostillado.
2) Original del certificado de notas académicas o record académico del estudiante emitido por la Universidad, el cual deberá estar apostillado.
3) Original del documento de pénsum o malla de materias o record académico emitido por la Universidad el cual deberá estar apostillado.
4) Original certificado de modalidad de estudio (Recomendamos igual venga apostillado si aún usted está en Venezuela, si se encuentra en Ecuador podrá solicitar un scan a color del documento y realizar una copia certificada en una Notaría en Ecuador). El certificado deberá contener la información sobre si sus estudios fueron realizados bajo modalidad Presencial o Semipresencial, importante que incluyan el porcentaje. Ejemplo: 100% Presencial, 80% Presencial y 20% Distancia)
Nota: Autorizar o no el reconocimiento bajo la modalidad de comité, es decisión institucional del Senescyt, en el peor de los casos de ser negada cabe una apelación de carácter administrativa.
Con su título reconocido ante el SENESCYT, en efecto se podrá realizar el procedimiento de visa de inmigrante o residente 9-V PROFESIONAL, que para ello siempre será requerido el certificado de antecedentes penales apostillado del lugar donde el extranjero residió los últimos 5 años.
Para iniciar cualquier procedimiento ante el Senescyt NO es permitido realizarlo bajo el sello T-3 de Turismo que es el sello otorgado a los extranjeros a su ingreso al Ecuador hasta por 90 días. En caso de venezolanos puede ser prorrogado por 90 días adicionales. Por lo tanto para el trámite de reconocimiento será necesario obtener la visa 12-IX de Actos de Comercio, o bien la Visa 12-XI bajo estatuto migratorio entre Ecuador y Venezuela.
á adelante detallaremos una reseña sobre los documentos requeridos y proceso para la visas de no-inmigrantes 12-IX o 12-XI E-V requeridas previamente a la gestión de reconocimiento en SENESCYT, así como de la visa de inmigrante o residente 9-V que se deberá realizar posterior al procedimiento de reconocimiento en SENESCYT.
Para ciencias de la salud, luego del reconocimiento se deberá realizar un trámite adicional en el Ministerio de Salud para la habilitación profesional.
Espero esta información les sirva de ayuda a la comunidad expatriada,
Saludos Cordiales
Dpto. Migración y Extranjería Paz Horowitz