Buenos dias,
En primer lugar quisiera agradecer por la aclaraci贸n de algunas dudas, que las estais dando por el intermedio de este portal. Me llamo Razvan, soy de Rumania, diplomado en Ciencias Empresariales, pero vivo en Espa帽a desde hace ya casi 10 a帽os. Debido a la crisis y a unas expectativas futuras no muy buenas en este pais, he decido transladarme con mi mujer, que es de Ecuador, en la ciudad de Cuenca. Le agradeceria si me pudieran dar alguna informaci贸n sobre:
1. el tramite para contraer matrimonio entre un ciudadano rumano con una ciudadana ecuatoriana (documentos, tiempo de demora del tramite, costes )
2. visado
3. homologaci贸n de estudios - homologado en Espa帽a como diplomado en Ciencias Empresariales (costes, tiempo de demora)
4. Para poder trabajar necesito visado, o la cedula ecuadoriana adquirida despues del matrimonio? o darme de alta como autonomo? o abrir un S.L.?
Un cordial saludo,
Razvan
Hola. Hay una entrada en este foro, sobre celebraci贸n de matrimonio en Ecuador. Puede consultarla.
1.- Para que un extranjero pueda casarse con una persona de nacionalidad ecuatoriana en Ecuador, es necesario que el extranjero ingrese en el pa铆s provisto de una visa de NO INMIGRANTE. Normalmente, para esta finalidad, los Consulados Generales del Ecuador, conceden una visa de NO INMIGRANTE, de categor铆a 12-IX.
Adicionalmente, el extranjero debe permanecer, como m铆nimo, 75 d铆as consecutivos en Ecuador, luego de los cuales, reci茅n, podr谩 celebrarse el matrimonio.
2.- El 煤nico matrimonio que reconoce el Estado en Ecuador es el matrimonio civil. Cualquier ceremonia religiosa, sea del culto que sea que profesen los contrayentes, solo ser谩 posible luego de que se haya celebrado la boda civil. Los ministros de todos los cultos permitidos en Ecuador, tienen advertido por Ley, que para poder autorizar el matrimonio, seg煤n el rito de su religi贸n, deben exigir a los contrayentes la presentaci贸n del certificado literal de inscripci贸n del matrimonio civil. Se lo informo, porque el sistema es diferente del que hay aqu铆 en Espa帽a, donde los matrimonios celebrados en forma religiosa, s铆 que tienen efectos civiles.
3.- En Ecuador, no hay expediente matrimonial previo, conducente a calificar la capacidad matrimonial, como en Espa帽a. S铆 pueden, en cambio, ser necesarias, diligencias previas, en ciertos casos, como el del matrimonio de menor de edad, matrimonio de tutor o curador con su pupilo o de hijo de tutor o curador con el pupilo o en el caso de segundas nupcias, el inventario que debe hacer el padre o madre que ejerce la patria potestad sobre hijos menores de edad, de los bienes de los hijos y el nombramiento de curador ad litem para los hijos, por citar algunos ejemplos.
4.- Para celebrar matrimonio civil entre ecuatoriano y extranjero no residente en el Ecuador, se exige, aparte de lo ya indicado l铆neas arriba, lo siguiente:
A) Necesariamente, se debe celebrar en las oficinas del Registro Civil. No es posible, como sucede en matrimonios entre ecuatorianos o entre ecuatoriano y extranjero residente en Ecuador o entre extranjeros residentes en Ecuador, que puede celebrarse la boda en viviendas particulares o en clubes sociales. Y de momento, exclusivamente, se puede celebrar en la Jefatura Provincial de Registro Civil, Identificaci贸n y Cedulaci贸n de Pichincha en Quito y de Guayas, en Guayaquil y en ning煤n otro sitio.
B) C茅dula de identidad y ciudadan铆a de la persona de nacionalidad ecuatoriana y pasaporte en vigor, con la visa de NO INMIGRANTE, del extranjero y sello de entrada en Ecuador.
C) Certificado de Movimiento Migratorio de la persona extranjera (se solicita en la Jefatura Provincial de Migraci贸n de la Polic铆a Nacional). Este es el documento que acredita la continuidad de la permanencia en Ecuador de 75 d铆as.
D) Certificados literales de nacimiento de ambos.
E) Certificados de estado civil de ambos.
F) Presencia de DOS testigos mayores de edad.
G) Pago de la tasa de matrimonio (50 d贸lares, que incluye la tasa de expedici贸n de dos nuevas c茅dulas de identidad a los contrayentes).
Los documentos expedidos en el extranjero, deben ir con la legalizaci贸n que corresponda (si es Ruman铆a, es la Apostilla de La Haya) y tambi茅n traducidos al castellano, en la forma que establece la Ley de Modernizaci贸n del Estado.
5.- Una vez celebrada la boda, la persona de nacionalidad ecuatoriana, debe proceder a cambiar su c茅dula de identidad y ciudadan铆a sin p茅rdida de tiempo. Debe quedar registrado que su estado civil es el de CASADA y el nombre del c贸nyuge.
6.- El siguiente paso, es modificar la visa de NO INMIGRANTE, con la que se ingres贸 en Ecuador y que ha servido para el tr谩mite del matrimonio, a visa de INMIGRANTE, categor铆a 9-VI, de amparo, que es la que le corresponde a los c贸nyuges de ecuatorianos.
7.- Obtenida la visa de INMIGRANTE, categor铆a 9-VI, debe obtenerse la c茅dula de identidad ecuatoriana (con la visa, se entrega la orden de c茅dula).
8.- TODOS los extranjeros, titulares de una visa de INMIGRANTE, est谩n autorizados a trabajar. No se necesita autorizaci贸n adicional (art. 10 de la Ley de Extranjer铆a, establece la cl谩usula general de habilitaci贸n laboral).
9.- RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS.- Puede consultar lo que se ha escrito en el apartado correspondiente, de 茅ste foro:
/forum/viewtopic.php?id=107350
Solo decir que, el t铆tulo que deber谩 hacer reconocer, es el que le expidi贸 la universidad. Si fue una universidad de Ruman铆a, ese es el t铆tulo que deber谩 presentar (no la homologaci贸n que pudiera haber obtenido en Espa帽a). En el listado oficial de la SENESCYT, aparecen universidades de Ruman铆a.
9.- COSTES DE VISAS.- El Arancel Diplom谩tico y Consular, aprobado mediante Acuerdo del Ministerio de Relaciones Exteriores es:
Visa de NO INMIGRANTE, categor铆a 12-IX: 230 d贸lares.
Visa de INMIGRANTE, categor铆a 9-VI: 350 d贸lares.
Tasa de inscripci贸n en el EMPADRONAMIENTO de Migraci贸n (viene fijada en la Ley de Migraci贸n): 4 d贸lares.
10.-PRESENCIA OFICIAL DE RUMAN脥A EN EL ECUADOR.- Ecuador y Ruman铆a mantienen relaciones diplom谩ticas a nivel de embajadores desde hace muchos a帽os. Sin embargo, los embajadores, aunque acreditados, no residen en las respectivas capitales, pues se trata de embajadores concurrentes. El Embajador de Ruman铆a ante Ecuador, reside en Lima (Per煤) y el Embajador de Ecuador ante Ruman铆a, reside en Budapest (Hungr铆a).
En cambio, s铆 existen dos Consulados Honorarios de Ruman铆a, acreditados en Ecuador, que act煤an bajo supervisi贸n de la Secci贸n Consular de la Embajada de Ruman铆a en Lima. Los Consulados Honorarios, tienen la peculiaridad de que sus competencias son limitadas, sus titulares no perciben sueldo, ya que es un cargo honor铆fico, act煤an bajo supervisi贸n de un Consulado de carrera, del que dependen y no necesariamente, los c贸nsules son nacionales del pa铆s que ha abierto el Consulado. El Consulado Honorario de Ruman铆a en Quito, s铆 est谩 a cargo de una persona de nacionalidad rumana; pero el Consulado Honorario de Ruman铆a en Guayaquil, est谩 a cargo de una persona de nacionalidad ecuatoriana.
CONSULADO HONORARIO DE RUMAN脥A EN QUITO
Direcci贸n: Av. Amazonas N39-123 y Jos茅 Ar铆zaga, Edificio Amazonas Plaza, piso 8, oficina 61
Telef贸no: (593) 2 3814899
Fax: (593) 2 3814880 Ext. 14
E-mail: consuladorumania@geopetsa.com
C脫NSUL HONORARIO EN QUITO
Se帽or Radu Mihail
CONSULADO HONORARIO DE RUMAN脥A EN GUAYAQUIL:
Avenida Francisco de Orellana, Edificio Blue Tower, Piso 14, Of. 1402.
Tel茅fonos: 04-2630030
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Correo electr贸nico; con.rumania@yahoo.com
C贸nsul Honoraria: Sra. Maria Fernanda Parra Gil.
Espero que le sea de utilidad esta informaci贸n.
Un cordial saludo.