hola señor marquesdevelez antes que nada muchisiiiimas gracias por sus muy profesionales explicaciones pero bueno aun me restan algunas dudas: el caso es el siguiente mi esposa es Licenciada en Educacion en Cuba en un Instituto Superior Pedagogico, que viene siendo lo que actuaelmente tambien se nombre alla, Universidad Pedagogica..., pero la especialidad de ella es Marxismo-Folosofia e Historia, este centro no se encuentra en las Universidades cubanas reconocidas por el SENESCYT, que solo tiene en su listado las principales universidades cubanas, pero bueno realmente mi gran duda es la aceptacion de su especialidad de educacion pues aunque sus estudios son basados en historia universal y la filosofia es universal, siempre existen las particularidades de los sistemas de educacion la historia de cada pais, el marxismo, etc; y pudiera ser eso una restriccion a la hora del reconocimiento de su titulo extranjero, usted con su vasta experiencia y a pesar que sea esto una cosa muy especifica que piensa, que aconsejaria, muchas gracias por su atencion y por su siempre precisa respuesta
Hola:
Ya se ha indicado varias veces en este foro que:
1.- Existen CUATRO vías posibles de RECONOCIMIENTO de títulos universitarios extranjeros.
2.- La primera es el procedimiento AUTOMÁTICO, que es para la que se elabora la lista oficial de la SENESCYT.
3.- En defecto de que sea posible el reconocimiento AUTOMÁTICO, es que se abren otras vías:
- CONVENIO INTERNACIONAL (actualmente, sólo posible para títulos procedentes de Chile, Cuba y Perú cuando no sea procedente el procedimiento automático por haber sido expedidos por una universidad que NO CONSTE en el listado oficial de la SENESCYT).
- COMITÉ INTERINSTITUCIONAL: cuando no proceda ni por procedimiento AUTOMÁTICO ni haya CONVENIO INTERNACIONAL específico con el país del cual proceda el título.
- PROCEDIMIENTO DE HOMOLOGACIÓN Y CONVALIDACIÓN: cuando el informe del COMITÉ INTERINSTITUCIONAL sea desfavorable. Es una vía que se abre automáticamente.
Sobre todo esto, ya se ha escrito en otras entradas de este foro.
4.- Dicho lo anterior, debe quedar en claro que no existe una única vía para el reconocimiento de títulos, sino que, en defecto de una vía, se abre la otra.
Por tanto, NADIE puede decir que queda excluido o descartado del proceso de reconocimiento de sus títulos porque la universidad donde los obtuvo no consta en el listado oficial de la SENESCYT. Simplemente, no podrá reconocerse de forma AUTOMÁTICA, pero en cambio, se abre la vía siguiente que sea procedente, según el caso.
5.- El reconocimiento de los títulos SIEMPRE se hace por TRANSCRIPCIÓN, no por adaptación. Esto significa que el título es reconocido con la denominación exacta que tiene inserta en su texto.
Se exceptúan los siguientes casos:
- Cuando el interesado expresamente solicite el reconocimiento a un título con la denominación exacta con la que lo expiden las universidades ecuatorianas (procedimiento que resultaría aplicable para quienes pretendan el reconocimiento de títulos del área del Derecho, que deben seguir el procedimiento de HOMOLOGACIÓN Y CONVALIDACIÓN).
- Cuando, como consecuencia de un procedimiento de HOMOLOGACIÓN y CONVALIDACIÓN, se haya llegado a la etapa de CONVALIDACIÓN, que implica la expedición de un título con la denominación con la que lo expiden las universidades ecuatorianas.
6.- Todos los reconocimientos se inscriben el el SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR DEL ECUADOR (SNIESE), que es un Registro Público en formato electrónico, que permite la consulta desde cualquier lugar del mundo, a cualquier persona que tenga interés.
7.- Los extranjeros, para iniciar el procedimiento, deben hallarse en Ecuador en situación legal distinta de la de transeúnte. Por ello, deben tener una visa de cualquier calidad y categoría migratoria de las previstas en la Ley de Extranjería, excepto la 12-X y el sello T-3 que se estampa a los turistas.
Un cordial saludo.